Podrán optar por este permiso, los extranjeros que obtengan su residencia permanente amparados por el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación, celebrado entre Panamá e Italia, al igual que su residencia el permiso de trabajo se otorga de manera indefinida.
Requisitos:
- Poder y solicitud mediante abogado en papel simple, original y copia.
- Copia autenticada de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración, mediante la cual se le otorga al extranjero su permiso de Residente Permanente.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración, donde conste el estatus migratorio del solicitante (8.00 de timbres).
- Copia debidamente autenticada ante Notario Público, del carné emitido por el Servicio Nacional de Migración, en donde conste el Permiso de Residente Permanente, a favor del solicitante. Cédula autenticada por cedulación.
- Cuatro (4) fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.
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