Permiso de trabajo para Ejecutivo Zona Libre de Colón.
Este permiso de trabajo es el que pueden tramitar el siguiente Permiso de Residencia: Extranjero contratado como ejecutivo en empresas de la zona libre de Colón, deberá presentarse al Gerente de la Zona Libre de Colón, acorde con las formalidades contempladas en la Ley N° 23 del 23 de julio de 1977 y el decreto N° 48 del 14 de abril de 1978. Si el Gerente aprueba dicha solicitud y la remite al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, este sin más tramite expedirá el permiso de trabajo.
Sólo bajo este procedimiento se expedirán los permisos de trabajo para los ejecutivos o trabajadores de confianza extranjeros que presten servicios en las empresas que operan en la Zona Libre de Colón, entendiéndose que en los casos que se necesite ocupar trabajadores extranjeros dentro del diez o quince por ciento, estos deberán presentar los requisitos establecidos para esas categorías.
Se otorga por el término de un (1) año prorrogable por el mismo término.
Requisitos: