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VISAS DE NO RESIDENTES

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Visa de Corta Estancia por Tratamiento Médico.

Podrá solicitar esta visa el extranjero que compruebe que será sometido a un tratamiento médico en hospitales y clínicas públicas o privadas, que no exceda de nueve (9) meses.

Requisitos: 

  1. Formulario de solicitud de visa.
  2. Certificación médica del país de procedencia, en la que acredite la enfermedad o el tratamiento requerido, firmada y con el sello, nombre, código y número de registro del médico que la expide.
  3. Carta del centro médico en la República de Panamá, en la cual se confirme que el solicitante será o se encuentre hospitalizada o recibido tratamiento ambulatorio, el nombre del médico que le atiende, la dolencia que se está tratando y la duración del tratamiento con su costo aproximado.
  4. Prueba de la solvencia económica del solicitante, de un familiar residente, del tutor designado o del acompañante.
  5. Pago de gastos por servicios migratorios, por la suma de B/.100.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
  6. Copia simple del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de 3 meses de vigencia.
  7. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje.
  8. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio, si lo hubiera.
  9. Tres (3) fotografías.
  10. Reservación de hotel confirmada, si procede.
  11. Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia.
  12. Certificado de salud expedido por un profesional idóneo, dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  13. Declaración jurada de antecedentes personales.
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Esta visa o Permiso de Residencia no otorga Permiso de Trabajo.
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