El "Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República Italiana", fue firmado en 1966 y ratificado por la ley 15 con la finalidad de que los ciudadanos italianos gocen en el territorio de Panamá de un tratamiento como "residentes". Así, cualquier persona con nacionalidad italiana, pueden aplicar a esta visa y ser residentes de por vida en la República de Panamá.
Requisitos:
- Poder y Solicitud (notariado).
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar).
- Copia del documento de identidad o carné de residencia italiano.
- Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, la cual podrá acreditarse mediante una certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo de por lo menos cuatro cifras medias.
- En caso de dependientes: Carta de responsabilidad. / Constancia de parentesco / Prueba de domicilio.
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