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VISAS DE RESIDENCIA TEMPORAL

RESIDENTE TEMPORAL POR RAZONES DE EDUCACION
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Permiso Temporal por Razones de Educación.

Podrá solicitar este permiso el extranjero que desee cursar estudios regulares a tiempo completo, en centros de enseñanza públicos o privados, de niveles básicos, intermedios, superiores y especializados, reconocidos por el Ministerio de Educación.

Aquellos extranjeros que soliciten este permiso deben matricular todas las asignaturas correspondientes al plan de estudio del bimestre, cuatrimestre o semestre o módulo, en horario diurno. Se exceptúan matriculas que por el plan de estudio debe ser en horarios nocturnos previa certificación por parte del Centro de Enseñanza.

Este permiso es exclusivo para dedicarse a estudios, por lo tanto durante la vigencia de este, esta prohibido laborar, a excepción de las prácticas profesionales y pasantías, requeridas por el centro educativo.

Este Permiso será por periodos anuales hasta un total de seis (6) años.

 Requisitos: 

  1. Poder y Solicitud (notariado). No es indispensable Apoderado Judicial.
  2. Tres (3) fotografías.
  3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Aut. correspondiente).
  4. Certificado de Antecedentes Penales (de ser mayor de edad).
  5. Certificado de Salud.
  6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
  7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
  8. Carta de Admisión del Centro Educativo.
  9. Recibo de pago de matricula (original y copia).
  10. Certificado del centro de estudio, que contenga las generales del solicitante, la duración de la carrera, el turno al que asiste y las asignaturas o materias que tiene matriculada según el plan de estudio.
  11. Si la carrera se imparte exclusivamente en la jornada nocturna se deberá aportar la certificación del Centro de Enseñanza que acredite que esa carrera solo se imparte en horario nocturno.
  12. Prueba de solvencia económica que se verificará mediante alguno de los siguientes documentos: 12.1.Documento que pruebe que el estudiante es titular de una beca de estudios. 12.2. Constancia de Financiamiento. 12.3. Carta bancaria a favor del solicitante o de la persona responsable, en la que se indique una solvencia cónsona con los gastos que deben sufragar para cubrir los costos de estudios y subsistencia.
  13. Carta de Responsabilidad (en caso de un tercer responsable).

Observación: Si se trata de una persona menor de edad la solicitud deberá presentarla los padres o la persona que tenga la guarda y crianza, para lo cual aportará además de los requisitos establecidos en este artículo el certificado de nacimiento de la persona menor de edad y copia de cédula de identidad personal o carné de migración vigente de la persona responsable en la República de Panamá.

En caso de Prórroga se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y el cheque. Adicionalmente deberá aportar:

  1. Créditos oficiales del año anterior (aprobado).

 

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Esta visa o Permiso de Residencia no otorga Permiso de Trabajo.
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Noticias / Blog
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