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VISAS DE RESIDENCIA TEMPORAL

RESIDENTE TEMPORAL POR POLITICAS ESPECIALES
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Permiso de Residente Temporal en Calidad de Docente de la Fundación Ciudad del Saber.

Desde la renovación de las bases militares de los Estados Unidos en Panamá, el gobierno panameño ha designado a parte de Fort Clayton como la "Ciudad del Saber", en un intento por atraer inversiones y empresas extranjeras y ofrecer beneficios fiscales similares a los del Comercio Zona Libre de Colón. (el segundo centro de distribución más grande del mundo).

Las empresas que operan desde la Ciudad del Saber, tienen distintas ventajas fiscales para operar plantas de fabricación, plantas de montaje, instalaciones de creación de software, centros de llamadas y otras empresas similares que exportan sus productos o servicios. Estas empresas también obtienen una importante reducción de impuestos en un determinado porcentaje de sus productos o servicios vendidos localmente.

Podrá solicitar este permiso el extranjero que ingresa al territorio nacional como docente, con la finalidad de coadyuvar con el desarrollo del Proyecto de la Fundación Ciudad del Saber, conforme lo dispone el Decreto Ley 6 de 1999. 

La vigencia de los permisos de residente temporal por razones de políticas especiales, será por los períodos que establezcan sus leyes especiales hasta un total de seis (6) años. Salvo que alguna ley especial establezca otro término, se otorgará hasta por seis (6) años, prorrogable anualmente.

 Requisitos: 

  1. Poder y Solicitud (notariado y con sus respectivos timbres fiscales).
  2. Tres (3) fotografías.
  3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
  4. Antecedentes penales de su país de origen, debidamente apostillados.
  5. Certificado de Salud.
  6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
  7. Certificación o documento que pruebe su idoneidad, expedida en el país de origen, donde acredite la condición de docente.
  8. Certificación de la Fundación Ciudad del Saber a través de su Director Ejecutivo, en la cual se haga constar la existencia del centro de enseñanza, la labor que realiza el extranjero y el término de su estadía en el país.
  9. Carta de responsabilidad del centro educativo donde conste la actividad del profesor y el salario a devengar.

En caso de Prórroga se presentarán únicamente los requisitos de los puntos 7,8 y 9.

 

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Permiso de Trabajo – Empresas afiliadas a la Ciudad del Saber
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