El extranjero que ingresa al amparo de este permiso lo hace para prestar un servicio específico dentro de una empresa que ha celebrado contrato de manera directa con el Estado. El trabajador podrá prorrogar sus permisos de residencia anualmente mientras dure la vigencia del contrato hasta por seis (6) años.
La contratación de estos extranjeros debe cumplir con los porcentajes de contratación de extranjeros establecidos en esta reglamentación ya sea dentro del 10% del personal ordinario o dentro del 15% del personal especializado, según sea el caso.
Sólo se aceptan las solicitudes de empresas que tengan un contrato directo con el Estado, bajo esta subcategoría no se aceptarán solicitudes de empresas subcontratadas. En los casos en que se trate de oficios o profesiones reservadas por Ley a los nacionales o con Leyes Especiales, deberán cumplir con dichas normas y aportar las autorizaciones respectivas.
Requisitos:
En caso de Prórroga se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente deberá aportar:
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