Esta categoría migratoria es de reciente data, octubre de 2020, con los fines de atraer la inversión extranjera al país.
Podrán solicitar este permiso los extranjeros que invierta la suma mínima de quinientos mil balboas (500,000.00), provenientes de fuente extranjera, los cuales podrán ser a título personal o a través de una persona jurídica, en la que el solicitante sea siempre el beneficiario final de las acciones de la persona jurídica.
El Ministerio de Industria y Comercio, a través de la Dirección de Promoción de las inversiones certificará al Servicio Nacional de Migración que la inversión cumple con los parámetros exigidos.
Existirán 4 subcategorías de Inversionista calificado, que mantendrán como comunes los siguientes requisitos y algunos especiales a cada una de ellas:
1.- Cinco (5) Fotografías tamaño carne.
2.- Pasaporte Vigente. (No menos de 6 meses de vigencia)
3.- Antecedentes Penales debidamente apostillados.
4.- Cheque certificado por Cinco Mil balboas con 00/100 (B/.5,000.00), a favor del Servicio Nacional de Migración.
5.- Cheque certificado por Cinco Mil balboas con 00/100 (B/.5,000.00), a favor del Tesoro Nacional.
6.- Llenar el formulario de antecedentes personales.
7.- Certificado de Salud. (Legalys lo tramita)
8.- Documentación bancaria, financiera o legal idónea que demuestre que el solicitante realizó la inversión y que los fondos utilizados provienen del extranjero, lo cual deberá comprobar, aportando alguno de los siguientes documentos:
a.- Carta de un banco en el extranjero o un banco local, que certifique el envío o recibo, respectivamente, de los fondos. De ser emitida en el extranjero, la carta deberá estar legalizada por una misión diplomatica o consular panameña en el servicio exterior o apostillada, conforme al convenio de la apostilla de la haya.
b.- Estado de cuenta del banco en el extranjero, debidamente legalizado, o de un banco local con sellos de autenticaión del banco emisor, que demuestren la transacción del envío de los fondos.
c.- Carta notariada emitida por el receptor de los fondos, o certificación bancaria original que confirme el deposito o recibo de la transferencia, conforme a alguna de las formas de inversión, que los fondos fueron transferidos de una cuenta en el extranjero.
Subcategorías:
1.- Por razón de Inversión Inmobiliaria.
2.- Por razón de Inversión inmobiliaria mediante un contrato promesa de compraventa.
3.- Por razón de inversiones realizadas a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá.
4.- Por razón de Inversión en Depósito a plazo Fijo en el sector bancario.
En caso de ingresar con dependientes en el trámite:
Durante los primeros 24 meses desde la publicación del decreto, la suma de inversión podrá ser de Trescientos mil Balboas (B/300.000,00)
No dude en contactarnos o consultar en el cotizador en línea su presupuesto para el trámite de este permiso de residencia.
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