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VISAS DE RESIDENCIA PERMANENTE

RESIDENTE PERMANENTE POR POLITICAS ESPECIALES
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Permiso de Residencia Inversionista del Área Económica de Panamá Pacífico.

Podrá solicitar este permiso el extranjero que realice una inversión no inferior a doscientos cincuenta mil balboas (B/.250.000.00) en el capital de riesgo de una Empresa del Área Panamá Pacífico o en Empresas Desarrolladoras u Operadoras

Requisitos: 

  1. Solicitud y Poder adjunto B/. 8.00 (ocho balboas) timbres nacional.
  2. Tres (3) fotografías tamaño carné (Art. 245)
  3. Copia del pasaporte debidamente cotejada por notario público panameño.
  4. Certificado de antecedentes penales autenticado por su país de origen y legalizado
  5. Certificado de salud expedido por un profesional.
  6. Pago de los B/.250.00 (doscientos balboas) a favor del Tesoro Nacional a favor del interesado.
  7. Pago de B/.800.00 (ochocientos balboas)a favor del Servicio Nacional de Migración, en concepto de depósito de repatriación
  8. Declaración Jurada de antecedentes personales.
  9. ORIGINAL Y COPIA NOTARIADA DE LA CERTIFICACION DEL REGISTRO PÚBLICO (Art. 243)
  10. FIEL COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE MITRADEL (Art. 243)
  11. Certificado Original expedida por la AAEEPP, que acredité:

a.-La existencia de la empresa y su ubicación.

b.- Que se encuentre paz y salvo original con la agencia.

c.- Que la empresa se encuentre autorizada bajo el régimen especial establecido en la ley No. 41 del 2004

  1. Certificado del tesoro o secretario de la empresa donde se acredite la titularidad de las acciones normativas a favor del extranjero, y que se encuentran liberadas y pagadas.(Art.243)
  2. Certificación emitidas por el Contador Público de la empresa del Área Panamá Pacifico en la que se detalla la suma total invertida en la empresa por el solicitante y que el capital es propio (Art.243)
  3. Copia de los certificados de acciones emitidos a favor del solicitante.
  4. Paz y salvo de rentas a favor del interesado.
  5. Copia autenticada de la planilla de la CSS de la empresa con un mínimo de tres (3) empleados panameños, devengando por lo menos salario mínimo establecido por la ley de acuerdo a la región (Art. 243).
  6. Paz y salvo de la CSS si la empresa tiene más de dos meses de estar operando (Art.243)
  7. Carta bancaria en la que se haga constar que los fondos que invierte el extranjero solicitante, provienen del exterior (Art. 247)
  8. Prueba de Inversión, la que se demostrará mediante la presentación de por lo menos dos (2) de los siguientes documentos:

a.- Copia del contrato de compraventa debidamente registrado o contrato de arrendamiento del inmueble en donde la empresa opera o tiene sede.

b.- Liquidación de aduanas de bienes importados a nombre de la empresa o del inversionista (Art. 243)

c.- Facturas comerciales de gastos por el inversionista, acompañado de inventario detallado por Contador Público Autorizado (Art. 243)

d.- Copia de la Resolución de la inscripción de la empresa en el Registro de Empresa del Área Panamá Pacifico.

*Para solicitar PERMANENCIA DEFINITIVA, además de los requisitos descritos adjuntar los siguientes:

Paz y Salvo Nacional de Renta de la empresa y del solicitante.

Nota: Aportar cédula y carné de idoneidad del CPA debidamente autenticado.

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