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Permiso de Trabajo – Indefinido

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Permiso de Trabajo – Indefinido

Se otorga de manera indefinida este permiso de trabajo a los extranjeros siempre y cuando hayan tenido diez (10) años o más de residencia legal en Panamá y hayan obtenido el permiso de trabajo y las renovaciones anuales correspondientes.

Requisitos:

  1. Poder y solicitud mediante abogado, original y copia, notariado o presentar personalmente por el poderdante
  2. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración y Naturalización donde conste el estatus migratorio del solicitante,
  3. Fotocopia legible de la cédula de identidad personal de la solicitante autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación.
  4. Cuatro (4) fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.
  5. Se computan los diez años a partir de la primera resolución que autoriza el permiso provisional. Si ingresó menor de edad se le computará el tiempo que permaneció en Panamá.
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