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VISAS DE RESIDENCIA PERMANENTE

RESIDENTE PERMANENTE POR RAZONES ECONOMICAS
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Permiso de Residencia Rentista Retirado

Podrá solicitar este permiso el extranjero que ingresa a Panamá, que se encuentra retirado de la vida activa y que devengue una renta mínima ochocientos cincuenta balboas (B/.850.00) mensuales proveniente exclusivamente de intereses producto de depósitos a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros, libres de todo gravamen o garantías de cualquier naturaleza, que serán por un período mínimo de cinco (5) años.

 El retiro del plazo fijo en cualquier momento en los primeros cinco (5) años y el incumplimiento de los términos fijados en la Ley No. 9 de 1987, este Decreto Ley y este reglamento, ocasionará la perdida de los incentivos y derechos que otorga dicha Ley.

La Visa de Rentista Retirado ofrece la residencia y un pasaporte especial de Panamá al solicitante y su núcleo familiar inmediato.

Este pasaporte especial panameño, se parece a cualquier otro pasaporte de Panamá e incluye la nacionalidad del país de origen del solicitante. Por ejemplo, si un ciudadano peruano obtiene el pasaporte inmediato de Panamá, el pasaporte indicará que el titular del pasaporte es un ciudadano peruano, no Panameño. Este pasaporte especial es usado mayormente para viajar, sin embargo, no otorga la ciudadanía Panameña.

Requisitos: 

  1. Poder y Solicitud (notariado).
  2. tres (3) fotografías.
  3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
  4. Certificado de Antecedentes Penales.
  5. Certificado de Salud.
  6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
  7. Certificación Bancaria del Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros, que acredite el monto del plazo fijo, el interés que genera, la duración del mismo y que se encuentra libre de gravámenes.
  8. Copia autenticada por el banco del certificado del plazo fijo.
  9. En caso de dependientes:

          9.1.      Carta de responsabilidad.

          9.2.      Constancia de parentesco.

          9.3.      Prueba de domicilio.

          9.4.      Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados. Este Permiso se otorgará por un período de cinco (5) años, el cual se podrá Prorrogar por igual término, para lo cual el extranjero deberá aportar los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales.

 

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